Términos y condiciones

Términos y condiciones

Última actualización: 11/01/2024

NEXT GEN TRADE LTD Número de registro: 14559182

Condiciones generales de suministro de bienes (v2.1 a partir del 05.11.2013)

1. INTERPRETACIÓN

1.1 Definiciones. En estas Condiciones, se aplican las siguientes definiciones: Día hábil: un día (que no sea sábado, domingo o feriado público) en el que los bancos de Londres estén abiertos al público. Condiciones: los términos y condiciones establecidos en este documento con las modificaciones que se realicen de vez en cuando de conformidad con la cláusula 11.6. Contrato: el contrato entre el Proveedor y el Cliente para la compraventa de los Bienes de conformidad con estas Condiciones. Cliente: la persona o firma que compra los Bienes al Proveedor. Evento de fuerza mayor: tiene el significado que se le da en la cláusula 10. Bienes: los bienes (o cualquier parte de ellos) establecidos en el Pedido. Pedido: el pedido del Cliente de los Bienes, tal como se establece en el formulario de pedido de compra del Cliente. Proveedor: NEXT GEN TRADE LTD (registrada en Inglaterra y Gales con el número de empresa 14559182 ).

1.2 Interpretación. En estas Condiciones, se aplican las siguientes reglas: (a) una persona incluye una persona física, una entidad corporativa o no incorporada (ya sea que tenga o no personalidad jurídica separada). (b) una referencia a una parte incluye a sus representantes personales, sucesores o cesionarios permitidos. (c) una referencia a un estatuto o disposición legal es una referencia a dicho estatuto o disposición en su forma enmendada o promulgada nuevamente. Una referencia a un estatuto o disposición legal incluye cualquier legislación subordinada hecha bajo ese estatuto o disposición legal, en su forma enmendada o promulgada nuevamente. (d) cualquier frase introducida por los términos incluyendo, incluye, en particular o cualquier expresión similar se interpretará como ilustrativa y no limitará el sentido de las palabras que preceden a esos términos. (e) una referencia a escrito o escrito incluye faxes y correos electrónicos.

2. BASE DEL CONTRATO

2.1 Estas Condiciones se aplican al Contrato con exclusión de cualquier otro término que el Cliente pretenda imponer o incorporar, o que esté implícito en el comercio, la costumbre, la práctica o el curso de las transacciones.

2.2 El Pedido constituye una oferta del Cliente para comprar los Bienes de conformidad con estas Condiciones. El Cliente es responsable de garantizar que los términos del Pedido sean completos y precisos.

2.3 El Pedido sólo se considerará aceptado cuando el Proveedor emita una aceptación por escrito del Pedido, momento en el cual entrará en vigor el Contrato.

2.4 El Contrato constituye el acuerdo completo entre las partes. El Cliente reconoce que no se ha basado en ninguna declaración, promesa o representación hecha o dada por o en nombre del Proveedor que no esté establecida en el Contrato.

2.5 Las muestras, dibujos, descripciones o publicidad producidas por el Proveedor y las descripciones o ilustraciones contenidas en los catálogos o folletos del Proveedor se producen con el único propósito de dar una idea aproximada de los Bienes descritos en ellos. No formarán parte del Contrato ni tendrán fuerza contractual.

2.6 La cotización de los Bienes proporcionada por el Proveedor no constituirá una oferta. La cotización sólo será válida durante un período de 20 días hábiles a partir de su fecha de emisión.

3. MERCANCÍAS

3.1 Los Bienes se describen en el catálogo del Proveedor.

4. ENTREGA

4.1 El Proveedor deberá garantizar que: (a) cada entrega de los Bienes esté acompañada de un albarán de entrega que muestre la fecha del Pedido, todos los números de referencia relevantes del Cliente y del Proveedor, el tipo y la cantidad de los Bienes (incluido el número de código de los Bienes, cuando corresponda), instrucciones especiales de almacenamiento (si las hubiera) y, si el Pedido se entrega en cuotas, el saldo pendiente de Bienes que quedan por entregar; y (b) si el Proveedor requiere que el Cliente le devuelva algún material de embalaje, ese hecho se indique claramente en el albarán de entrega. El Cliente deberá poner dichos materiales de embalaje a disposición para su recogida en los momentos que el Proveedor solicite razonablemente. Las devoluciones de materiales de embalaje correrán a cargo del Proveedor.

4.2 El Proveedor deberá entregar los Bienes en el lugar establecido en el Pedido o en cualquier otro lugar que las partes puedan acordar (Lugar de Entrega) en cualquier momento después de que el Proveedor notifique al Cliente que los Bienes están listos.

4.3 La entrega de los Bienes se completará cuando los mismos lleguen al Lugar de Entrega.

4.4 Las fechas de entrega indicadas son solo aproximadas y el tiempo de entrega no es esencial. El Proveedor no será responsable de ninguna demora en la entrega de los Bienes causada por un Evento de Fuerza Mayor o por la falta de instrucciones de entrega adecuadas por parte del Cliente o cualquier otra instrucción que sea relevante para el suministro de los Bienes.

4.5 La entrega de los Bienes estará sujeta en todo momento a que el Proveedor disponga de un stock adecuado. Si el Cliente ha pagado los Bienes y el Proveedor no los entrega, su responsabilidad se limitará al precio de compra pagado por el Cliente por los Bienes no entregados. El Proveedor no tendrá responsabilidad alguna por la falta de entrega de los Bienes en la medida en que dicha falta sea causada por un Evento de Fuerza Mayor o por la falta del Cliente de proporcionar al Proveedor las instrucciones de entrega adecuadas o cualquier otra instrucción que sea relevante para el suministro de los Bienes.

4.6 Si el Cliente no recibe o acepta la entrega de los Bienes dentro de los tres Días Hábiles siguientes a que el Proveedor le notifique al Cliente que los Bienes están listos, entonces, excepto cuando dicha falla o demora sea causada por un Evento de Fuerza Mayor o por el incumplimiento del Proveedor de sus obligaciones bajo el Contrato: (a) la entrega de los Bienes se considerará completada a las 9:00 am del tercer Día Hábil después del día en que el Proveedor notificó al Cliente que los Bienes estaban listos; y (b) el Proveedor almacenará los Bienes hasta que se realice la entrega y cobrará al Cliente todos los costos y gastos relacionados (incluido el seguro).

4.7 Si 10 días hábiles después del día en que el Proveedor notificó al Cliente que los Bienes estaban listos para su entrega, el Cliente no ha tomado o aceptado la entrega de los mismos, el Proveedor puede revender o disponer de otra manera de parte o la totalidad de los Bienes y, después de deducir los costos razonables de almacenamiento y venta, rendir cuentas al Cliente por cualquier exceso sobre el precio de los Bienes o cobrar al Cliente por cualquier déficit por debajo del precio de los Bienes.

4.8 El Cliente no tendrá derecho a rechazar los Bienes si el Proveedor entrega hasta un 5% inclusive más o menos que la cantidad de Bienes solicitados, pero se realizará un ajuste prorrateado en la factura del Pedido al recibir notificación del Cliente de que se entregó la cantidad incorrecta de Bienes.

4.9 El Proveedor podrá entregar los Bienes en cuotas, que se facturarán y pagarán por separado. Cada cuota constituirá un Contrato independiente. Cualquier retraso en la entrega o defecto en una cuota no dará derecho al Cliente a cancelar ninguna otra cuota.

4.10 Los pedidos podrán ser cancelados por un Cliente antes de que el Proveedor confirme el envío de los Bienes.

4.11 Sujeto a la cláusula 4.7 anterior, si el Cliente es un Consumidor (según se define en las Regulaciones de Protección al Consumidor (Venta a Distancia) de 2000), el Cliente puede cancelar su Pedido en cualquier momento dentro de los 7 días a partir de la fecha de entrega de los Bienes. Tras la recepción de los Bienes devueltos, y sujeto a que no haya daños en los Bienes, el Proveedor reembolsará el precio de los Bienes (después de deducir los costos de embalaje y envío) al Cliente. 4.94.12 Sujeto a las cláusulas 4.11 y 5.2, el Proveedor se reserva el derecho de ejercer su discreción con respecto a cualquier solicitud de reembolso por parte de un Cliente en todas las circunstancias.

5. CALIDAD

5.1 El Proveedor garantiza que en el momento de la entrega, y durante el período más corto de (i) 12 meses; y (ii) la fecha de entrega hasta la Fecha de caducidad indicada individualmente para cada Bien (período de garantía), los Bienes: (a) cumplirán en todos los aspectos materiales con su descripción; (b) serán de calidad satisfactoria (dentro del significado de la Ley de Venta de Bienes de 1979); y (c) serán aptos para cualquier propósito establecido por el Proveedor, y dicho período de garantía se aplicará por separado con respecto a cada Bien y no a todos los Bienes suministrados por el Proveedor.

5.2 Sujeto a la cláusula 5.3`, si: (a) el Cliente notifica por escrito al Proveedor durante el período de garantía dentro de un tiempo razonable a partir del descubrimiento de que algunos o todos los Bienes no cumplen con la garantía establecida en la cláusula 5.1; (b) se le da al Proveedor una oportunidad razonable de examinar dichos Bienes; y (c) el Cliente (si el Proveedor se lo solicita) devuelve dichos Bienes al lugar de negocios del Proveedor a costo del Proveedor, el Proveedor deberá, a su opción, reparar o reemplazar los Bienes defectuosos, o reembolsar el precio de los Bienes defectuosos en su totalidad.

5.3 El Proveedor no será responsable por el incumplimiento de los Bienes con la garantía establecida en la cláusula 5.1 en cualquiera de los siguientes eventos: (a) el Cliente hace cualquier uso adicional de dichos Bienes después de dar aviso de acuerdo con la cláusula 5.2; (b) el defecto surge porque el Cliente no siguió las instrucciones orales o escritas del Proveedor con respecto al almacenamiento, uso y mantenimiento de los Bienes o (si no hay ninguna) las prácticas lógicas y buenas de la industria con respecto a los mismos; (c) el defecto surge como resultado de daño intencional justo, negligencia o almacenamiento o condiciones anormales del Cliente; o (d) los Bienes difieren de su descripción como resultado de cambios realizados para asegurar que cumplen con los requisitos reglamentarios o legales aplicables.

5.4 Los términos implícitos en las secciones 13 a 15 de la Ley de Venta de Bienes de 1979 quedan, en la máxima medida permitida por la ley, excluidos del Contrato.

5.5 Estas Condiciones se aplicarán a cualquier Bien reparado o de reemplazo suministrado por el Proveedor.

6. TÍTULO Y RIESGO

6.1 El riesgo de los Bienes pasará al Cliente al completarse la entrega.

6.2 El título de propiedad de los Bienes no pasará al Cliente hasta que el Proveedor haya recibido el pago completo (en efectivo o fondos compensados) por: (a) los Bienes; y (b) cualquier otro bien o servicio que el Proveedor haya suministrado al Cliente respecto del cual el pago haya vencido.

6.3 Hasta que el título de propiedad de los Bienes haya pasado al Cliente, el Cliente deberá: (a) mantener los Bienes en una base fiduciaria como depositario del Proveedor; (b) almacenar los Bienes por separado de todos los demás bienes en poder del Cliente para que permanezcan fácilmente identificables como propiedad del Proveedor; (c) no quitar, desfigurar u ocultar ninguna marca de identificación o embalaje en o relacionado con los Bienes; (d) mantener los Bienes en condiciones satisfactorias y mantenerlos asegurados contra todos los riesgos por su precio total a partir de la fecha de entrega; (e) notificar al Proveedor inmediatamente si se vuelve sujeto a cualquiera de los eventos enumerados en la cláusula 8.2; y (f) dar al Proveedor la información relacionada con los Bienes que el Proveedor pueda requerir de vez en cuando, pero el Cliente puede revender o usar los Bienes en el curso ordinario de su negocio.

6.4 Si antes de que el título de propiedad de los Bienes pase al Cliente, el Cliente queda sujeto a cualquiera de los eventos enumerados en la cláusula 8.2, o el Proveedor cree razonablemente que cualquiera de dichos eventos está a punto de suceder y notifica al Cliente en consecuencia, entonces, siempre que los Bienes no hayan sido revendidos, o incorporados irrevocablemente a otro producto, y sin limitar cualquier otro derecho o recurso que el Proveedor pueda tener, el Proveedor puede en cualquier momento requerir al Cliente que entregue los Bienes y, si el Cliente no lo hace con prontitud, permitir al Proveedor ingresar a cualquier local del Cliente o de cualquier tercero donde se almacenen los Bienes para recuperarlos.

7. PRECIO Y PAGO

7.1 El precio de los Bienes será el precio establecido en el Pedido o, si no se indica precio, el precio establecido en la lista de precios publicada por el Proveedor vigente a la fecha de entrega.

7.2 El Proveedor puede, mediante aviso al Cliente en cualquier momento antes de la entrega, aumentar el precio de los Bienes para reflejar cualquier aumento en el costo de los Bienes que se deba a: (a) cualquier factor fuera del control del Proveedor (incluyendo fluctuaciones en el tipo de cambio, aumentos en impuestos y aranceles, y aumentos en mano de obra, materiales y otros costos de fabricación); (b) cualquier solicitud del Cliente para cambiar la(s) fecha(s) de entrega, las cantidades o tipos de Bienes pedidos, o la Especificación; o (c) cualquier demora causada por cualquier instrucción del Cliente o por la falta del Cliente de proporcionar al Proveedor información o instrucciones adecuadas o precisas.

7.3 El precio de los Bienes no incluye ningún costo ni cargo de embalaje, seguro y transporte de los Bienes, que se facturarán al Cliente (a menos que el Proveedor acuerde lo contrario).

7.4 El precio de los Bienes no incluye los importes correspondientes al impuesto sobre el valor añadido (IVA). La factura emitida por el Proveedor deberá indicar el precio de los Bienes junto con cualquier IVA adicional que deba pagar el Cliente. El Cliente, al recibir una factura válida del Proveedor, deberá pagarle al Proveedor los importes adicionales correspondientes al IVA que correspondan por el suministro de los Bienes.

7.5 El Proveedor podrá facturar al Cliente los Bienes en el momento o en cualquier momento después de la finalización de la entrega.

7.6 El Cliente deberá pagar la factura de acuerdo con los términos establecidos en la factura emitida por el Proveedor a menos que se acuerde lo contrario por escrito entre el Cliente y el Proveedor.

7.7 Si el Cliente no realiza algún pago debido al Proveedor en virtud del Contrato antes de la fecha de vencimiento del pago (fecha de vencimiento), entonces el Cliente deberá pagar intereses sobre el monto vencido a una tasa del 4% anual por encima de la tasa base del National Westminster Bank PLC vigente en ese momento. Dichos intereses se acumularán diariamente desde la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago efectivo del monto vencido, ya sea antes o después de la sentencia. El Cliente deberá pagar los intereses junto con el monto vencido.

7.8 El Cliente deberá pagar todos los montos adeudados en virtud del Contrato en su totalidad, sin deducción ni retención alguna, salvo lo exigido por la ley, y el Cliente no tendrá derecho a hacer valer ningún crédito, compensación o contrademanda contra el Proveedor para justificar la retención del pago de dicho monto en su totalidad o en parte. El Proveedor podrá, en cualquier momento, sin limitar ningún otro derecho o recurso que pueda tener, compensar cualquier monto que le adeude el Cliente con cualquier monto que el Proveedor deba pagarle al Cliente.

8. INSOLVENCIA O INCAPACIDAD DEL CLIENTE

8.1 Si el Cliente queda sujeto a cualquiera de los eventos enumerados en la cláusula 8.2, o el Proveedor cree razonablemente que el Cliente está a punto de quedar sujeto a cualquiera de ellos y notifica al Cliente en consecuencia, entonces, sin limitar cualquier otro derecho o recurso disponible para el Proveedor, el Proveedor puede cancelar o suspender todas las entregas futuras bajo el Contrato o bajo cualquier otro contrato entre el Cliente y el Proveedor sin incurrir en ninguna responsabilidad ante el Cliente, y todas las sumas pendientes con respecto a los Bienes entregados al Cliente vencerán de inmediato.

8.2 Para los efectos de la cláusula 8.1, los eventos relevantes son: (a) el Cliente suspende, o amenaza con suspender, el pago de sus deudas, o no puede pagar sus deudas a su vencimiento o admite su incapacidad para pagar sus deudas, o (siendo una empresa) se considera incapaz de pagar sus deudas en el sentido de la sección 123 de la Ley de Insolvencia de 1986, o (siendo un individuo) se considera incapaz de pagar sus deudas o que no tiene perspectivas razonables de hacerlo, en cualquier caso, en el sentido de la sección 268 de la Ley de Insolvencia de 1986, o (siendo una sociedad) tiene algún socio al que se aplique cualquiera de los anteriores; (b) el Cliente inicia negociaciones con todos o cualquier clase de sus acreedores con miras a reprogramar cualquiera de sus deudas, o hace una propuesta o entra en cualquier compromiso o acuerdo con sus acreedores; (c) (siendo una empresa) se presenta una petición, se da un aviso, se aprueba una resolución o se emite una orden, para o en conexión con la liquidación del Cliente, excepto con el único propósito de un plan para una fusión solvente del Cliente con una o más empresas o la reconstrucción solvente del Cliente; (d) (siendo un individuo) el Cliente es objeto de una petición u orden de quiebra; (e) un acreedor o acreedor hipotecario del Cliente embarga o toma posesión de, o se grava o ejecuta un embargo, ejecución, secuestro u otro proceso similar sobre, la totalidad o parte de sus activos y dicho embargo o proceso no se descarga dentro de 14 días; (f) (siendo una empresa) se hace una solicitud al tribunal, o se emite una orden, para el nombramiento de un administrador o si se da un aviso de intención de nombrar un administrador o si se designa un administrador para el Cliente; (g) (siendo una empresa) un tenedor de carga flotante sobre los activos del Cliente ha adquirido el derecho a nombrar o ha nombrado un receptor administrativo; (h) una persona adquiere el derecho a nombrar un receptor sobre los activos del Cliente o se nombra un receptor sobre los activos del Cliente; (i) ocurre cualquier evento o se toma un procedimiento con respecto al Cliente en cualquier jurisdicción a la que esté sujeto que tenga un efecto equivalente o similar a cualquiera de los eventos mencionados en la cláusula 8.2(a) a la cláusula 8.2(h) (inclusive); (j) el Cliente suspende, amenaza con suspender, cesa o amenaza con cesar la realización de todo o sustancialmente todo su negocio; (k) la posición financiera del Cliente se deteriora a tal punto que, en opinión del Proveedor, la capacidad del Cliente para cumplir adecuadamente con sus obligaciones bajo el Contrato se ha puesto en peligro; y (l) (siendo un individuo) el Cliente muere o, por causa de enfermedad o incapacidad (ya sea mental o física), es incapaz de administrar sus propios asuntos o se convierte en paciente bajo cualquier legislación de salud mental.

8.3 La rescisión del Contrato, independientemente de cómo se produzca, no afectará a ninguno de los derechos y recursos de las partes que se hayan acumulado al momento de la rescisión. Las cláusulas que, expresamente o implícitamente, sobrevivan a la rescisión del Contrato continuarán en pleno vigor y efecto.

9. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

9.1 Nada de lo dispuesto en estas Condiciones limitará o excluirá la responsabilidad del Proveedor por: (a) muerte o lesiones personales causadas por su negligencia o la negligencia de sus empleados, agentes o subcontratistas (según corresponda); (b) fraude o tergiversación fraudulenta; (c) incumplimiento de los términos implícitos en la sección 12 de la Ley de Venta de Bienes de 1979; (d) productos defectuosos según la Ley de Protección al Consumidor de 1987; o (e) cualquier asunto con respecto al cual sería ilegal que el Proveedor excluya o restrinja la responsabilidad.

9.2 Sujeto a la cláusula 9.1: (a) el Proveedor no será responsable bajo ninguna circunstancia ante el Cliente, ya sea por contrato, agravio (incluyendo negligencia), incumplimiento del deber legal o de otra manera, por cualquier pérdida de ganancias o cualquier pérdida indirecta o consecuente que surja de o en conexión con el Contrato; y (b) la responsabilidad total del Proveedor ante el Cliente con respecto a todas las demás pérdidas que surjan de o en conexión con el Contrato, ya sea por contrato, agravio (incluyendo negligencia), incumplimiento del deber legal o de otra manera, no excederá bajo ninguna circunstancia el precio de los Bienes.

10. FUERZA MAYOR

Ninguna de las partes será responsable por cualquier incumplimiento o demora en el cumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato en la medida en que dicho incumplimiento o demora sea causado por un Evento de Fuerza Mayor. Un Evento de Fuerza Mayor significa cualquier evento fuera del control razonable de una parte, que por su naturaleza no podría haberse previsto, o, si se hubiera podido prever, era inevitable, incluyendo huelgas, cierres patronales u otras disputas industriales (ya sea que involucren a su propia fuerza laboral o a la de un tercero), falla de las fuentes de energía o red de transporte, actos de Dios, guerra, terrorismo, disturbios, conmoción civil, interferencia de autoridades civiles o militares, calamidad nacional o internacional, conflicto armado, daño malicioso, avería de planta o maquinaria, contaminación nuclear, química o biológica, estampido sónico, explosiones, derrumbe de estructuras de edificios, incendios, inundaciones, tormentas, terremotos, pérdidas en el mar, epidemias o eventos similares, desastres naturales o condiciones climáticas adversas extremas, o incumplimiento de proveedores o subcontratistas.

11. GENERAL

11.1 Cesión y subcontratación. (a) El Proveedor podrá en cualquier momento ceder, transferir, gravar, subcontratar o negociar de cualquier otra manera todos o cualquiera de sus derechos u obligaciones bajo el Contrato. (b) El Cliente no podrá ceder, transferir, gravar, subcontratar o negociar de cualquier otra manera todos o cualquiera de sus derechos u obligaciones bajo el Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Proveedor.

11.2 Notificaciones. (a) Cualquier notificación u otra comunicación dada a una parte bajo o en conexión con el Contrato deberá ser por escrito, dirigida a esa parte en su oficina registrada (si es una empresa) o su lugar principal de negocios (en cualquier otro caso) o cualquier otra dirección que esa parte pueda haber especificado a la otra parte por escrito de acuerdo con esta cláusula, y deberá ser entregada personalmente, enviada por correo de primera clase con franqueo pagado, entrega certificada, mensajería comercial, fax [o correo electrónico. (b) Una notificación u otra comunicación se considerará recibida: si se entrega personalmente, cuando se deja en la dirección mencionada en la cláusula 11.2 (a); si se envía por correo de primera clase con franqueo pagado o entrega certificada, a las 9.00 am del segundo Día Hábil después del envío; si se entrega por mensajería comercial, en la fecha y a la hora en que se firma el recibo de entrega del mensajero; o, si se envía por fax o correo electrónico, un Día Hábil después de la transmisión. (c) Las disposiciones de esta cláusula no se aplicarán a la notificación de ningún procedimiento ni de otros documentos en ninguna acción legal.

11.3 Separabilidad. (a) Si cualquier tribunal o autoridad competente determina que alguna disposición del Contrato (o parte de alguna disposición) es inválida, ilegal o inaplicable, dicha disposición o parte de disposición se considerará, en la medida requerida, eliminada, y la validez y aplicabilidad de las demás disposiciones del Contrato no se verán afectadas. (b) Si alguna disposición inválida, inaplicable o ilegal del Contrato sería válida, aplicable y legal si alguna parte de ella se eliminara, la disposición se aplicará con la mínima modificación necesaria para hacerla legal, válida y aplicable.

11.4 Renuncia. La renuncia a cualquier derecho o recurso previsto en el Contrato solo será efectiva si se realiza por escrito y no se considerará una renuncia a cualquier incumplimiento o falta posterior. El hecho de que una de las partes no ejerza o demore en ejercer cualquier derecho o recurso previsto en el Contrato o por la ley no constituirá una renuncia a ese o a cualquier otro derecho o recurso, ni impedirá o restringirá el ejercicio posterior de ese o de cualquier otro derecho o recurso. El ejercicio único o parcial de dicho derecho o recurso no impedirá ni restringirá el ejercicio posterior de ese o de cualquier otro derecho o recurso.

11.5 Derechos de terceros. Una persona que no sea parte del Contrato no tendrá ningún derecho en virtud del mismo o en relación con él.

11.6 Variación. Salvo lo establecido en estas Condiciones, cualquier variación del Contrato, incluida la introducción de términos y condiciones adicionales, solo será vinculante cuando se acuerde por escrito y esté firmada por el Proveedor.

11.7 Ley aplicable y jurisdicción. El Contrato y cualquier disputa o reclamación que surja de él o en relación con él o su objeto o formación (incluidas las disputas o reclamaciones no contractuales) se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación inglesa, y las partes se someten irrevocablemente a la jurisdicción exclusiva de los tribunales de Inglaterra y Gales.

12. ACTUALIZACIONES DE TEXTO. Al realizar un pedido, usted acepta recibir mensajes de texto de NEXT GEN TRADE LTD sobre el estado de su pedido, información de seguimiento y ofertas promocionales ocasionales. Puede optar por no recibir estos mensajes en cualquier momento haciendo clic en "Cancelar suscripción" en cualquier mensaje de texto.